La justicia española
El fascismo sigue vivo en España. ¡VIVA LA REPUBLICA!
Todo lo que se puede escribir sobre este desgraciado país es poco. Yo lo resumo con un breve: somos una vergüenza colectiva.
¿Justicia? ¿En España? Lean, por favor:
El juez Salvador Alba, camino del banquillo por cuatro delitos mientras sigue presidiendo juicios por corrupción
La magistrada de la Sala de lo Penal del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias (TSJC) Margarita Varona ha dado por
finalizada la instrucción abierta en mayo de 2016 contra el juez
Salvador Alba, a quien le imputa cuatro delitos: prevaricación judicial,
cohecho, falsedad y revelación de secretos. En estas diligencias se han
investigado las actuaciones ejecutadas por Alba para perjudicar la carrera política y profesional de Victoria Rosell,
a quien sustituyó al frente del Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas
de Gran Canaria cuando la jueza solicitó la excedencia para presentarse
como candidata a diputada en las elecciones generales de diciembre de
2015 en las listas de Podemos.
En un auto notificado
este jueves a las partes, la instructora transforma las diligencias
previas en procedimiento abreviado, el paso anterior a la apertura del
juicio oral contra Alba, que mientras tanto sigue juzgando casos de corrupción en las Islas, como el de Faycán, una trama para el cobro de comisiones ilegales por la que están encausados dos exalcaldes del PP de Telde, la segunda ciudad en importancia de la isla de Gran Canaria.
El TSJC abre ahora un plazo de diez días para que las
partes personadas formulen sus escritos de acusación o pidan el archivo
de las actuaciones y la absolución del magistrado. A Alba se le
investigaba por la presunta comisión de seis delitos. El auto dictado
este jueves deja fuera el de negociaciones prohibidas a funcionarios
públicos, el único interesado por la Fiscalía, y el de tráfico de
influencias, por el que también permanecía en calidad de investigado el
empresario Miguel Ángel Ramírez, que aportó a los juzgados la grabación
de la conversación que mantuvo con Alba en el despacho del juez, donde
se destapa el plan urdido en contra de la magistrada Victoria Rosell.
Las diligencias contra el presidente de Seguridad Integral Canaria han
sido archivadas.
La jueza instructora ha ordenado
además la remisión del auto de apertura de procedimiento abreviado al
Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a los efectos que procedan. El
pleno del órgano de gobierno de los jueces dejó en suspenso en mayo del año pasado la propuesta de separación (expulsión) de la carrera judicial
formulada por el promotor de la Acción Disciplinaria por los mismos
hechos hasta que se resolviera el proceso penal, esto es, hasta que se
cerrara en firme con una sentencia.
Sin embargo,
según han explicado este jueves fuentes del TSJC, el Poder Judicial
deberá determinar ahora si el auto dictado este jueves es suficiente
para ordenar la suspensión cautelar del juez investigado, lo que podría
conllevar incluso la anulación del juicio que se viene celebrando en la
Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas desde el mes de
enero por el caso Faycán, con el propio Alba como presidente del
tribunal. La última sesión está prevista para el 13 de marzo, con la
lectura de las conclusiones de las partes. En cualquier caso, el auto de
procedimiento abreviado es susceptible de recurso.
Los hechos
Según relata la magistrada Margarita Varona en los antecedentes de
hecho, fue Salvador Alba quien solicitó reunirse con Miguel Ángel
Ramírez, a quien investigaba por un presunto delito fiscal, para obtener
información y documentación de las relaciones comerciales entre sus
empresas y la sociedad periodística de la pareja de Rosell, Carlos
Sosa, director de Canarias Ahora, con el
objetivo de tratar de introducir una causa de nulidad en el
procedimiento, una supuesta infracción del deber de abstención de la
jueza.
La reunión se celebró el 16 de marzo de 2016
en el despacho de Alba en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial
de Las Palmas, donde tiene su plaza. El juez dio incluso autorización al
empresario para que accediese a estas dependencias a través de un circuito restringido de la Ciudad de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria. La conversación fue grabada por Ramírez, que dos meses después la aportó en el mismo juzgado.
En ese encuentro, el magistrado se interesó por las relaciones y los
contratos entre Ramírez y Sosa a pesar de que eran “ajenos al
procedimiento y hechos que investigaba”, los presuntos delitos fiscales
que habría cometido el primero como presidente de Seguridad Integral
Canaria. Alba solicitó incluso al empresario documentación para
incorporarlas a las diligencias y maquinó con él los términos de una
declaración en sede judicial que acabaría teniendo lugar una semana
después, el 23 de marzo.
Varona remarca en su auto
que, a modo de “expresión gráfica” de las intenciones de Alba al
concertar esa reunión con el empresario, el juez le manifestó a su
interlocutor que podía “cargarse” las actuaciones practicadas por
Rosell, lo que conduciría de forma inmediata al archivo de la causa
contra Ramírez, y que la Fiscalía “se tendría que joder”.
“Para dar cobertura procesal al acuerdo alcanzado y a la finalidad
perseguida por el magistrado de perjudicar a quien había sido su
compañera de profesión, y siendo consciente de la trascendencia que este
acuerdo con el seños Ramírez y el compromiso adquirido por este de
declarar sobre aquellas relaciones y aportar los documentos relativos a
las mismas podía tener en la admisión a trámite de la querella
interpuesta por (el exministro y expresidente del PP de Canarias) José
Manuel Soria contra Victoria Rosell y del perjuicio que para ella se
derivaría, Alba dictó la providencia de fecha 18 de marzo de 2016 por
virtud de la cual acordó, sin que conste la urgencia para ello y tal y
como ya le había comunicado a Ramírez, que se anticipara la citación
telefónica de las partes y de aquel para que compareciera a declarar el
día 23 de marzo de 2016”, recuerda la jueza.
En esa
declaración pactada del día 23, Alba se limitó a interrogar a Ramírez
exclusivamente por sus relaciones comerciales con la pareja de Rosell,
“relaciones ajenas a los hechos y delitos objeto de la querella y de la
investigación judicial”.
Informes falsos
El delito de falsedad que la jueza instructora imputa a Alba está
relacionado con la remisión de informes a la Fiscalía Provincial de Las
Palmas, al Consejo General del Poder Judicial y al Tribunal Supremo,
este último clave para que se admitiera a trámite la querella, finalmente archivada, que presentó José Manuel Soria contra Rosell,
rivales en las elecciones de diciembre de 2015. Según la instructora
del TSJC, Alba expuso hechos inciertos en esos documentos, como atribuir
a su predecesora en el Juzgado de Instrucción 8 de la capital
grancanaria una irregularidad que consistía en haber retenido durante 22
meses, sin trasladarlo a las partes, un pen drive con información
relevante para el procedimiento.
A raíz de esta
investigación, el TSJC ha detectado otras falsedades en los informes
elevados por Alba al Poder Judicial o al Supremo, como decir fue Ramírez
quien se personó en dependencias judiciales para hablar con él (cuando
incluso había ordenado que accediera a su despacho por un circuito
restringido) o que había informado a la fiscal, Evangelina Ríos, de su
reunión con el empresario.
Alba también acusó a
Rosell de no haberse pronunciado sobre varias solicitudes en el
procedimiento (de imposición de fianza, prácticas de diligencia o
ampliación de imputación) ocultando un dato clave, que la jueza había
explicado en un auto que todas esas diligencias se encontraban
paralizadas porque estaba a la espera de que la Agencia Tributaria y la
Tesorería de la Seguridad Social emitiesen informes “indispensables”
para la causa. Tampoco reflejó en esos informes que Rosell había
practicado en la causa contra Miguel Ángel Ramírez un buen número de
declaraciones testificales, “atribuyéndose el mérito de haber realizado
la mayoría de diligencias de prueba”.
En el caso
concreto del informe remitido al Supremo, Varona explica que Alba
informó de cuestiones que no guardaban ninguna relación con lo que le
había solicitado el alto tribunal español y que, aun así, fue clave para
que fuera admitida a trámite la querella de Soria contra Rosell. En la
reunión grabada en el despacho del juez, Ramírez presume de sus buenas
relaciones con el entonces ministro y Alba le reconoce que la
declaración en sede judicial que preparan en ese momento favorecerá la
acción judicial del exministro contra la jueza.
Revelación de secretos
La instructora considera acreditado que Alba facilitó una copia de la
declaración que Ramírez prestó en el juzgado el 23 de marzo al
periodista de El Mundo Fernando Lázaro, al que le
une “una relación personal”, con la finalidad de que fuera divulgada,
como finalmente ocurrió dos días después en la portada del mencionado
diario de tirada nacional. Con ello, el juez se aseguraba de que las
noticias perjudiciales para Rosell tuvieran “mayor alcance”, expone el
auto.
Con respecto a Miguel Ángel Ramírez, Varona
descarta el delito de tráfico de influencias. Aunque reconoce que el
empresario trató de ganarse la confianza del juez “conociendo sus
pretensiones” e intentó predisponerlo para que acordara la nulidad de
las actuaciones en su contra, incluso haciendo gala de sus buenas
relaciones con, entre otros, el exministro Soria, la instructora del
TSJC considera que Ramírez no ostentaba una posición de prevalencia
sobre el magistrado, sino que era este quien estaba interesado en
obtener información y documentación. Del “tono informal” de la
conversación no se desprende un intento del empresario de influir en el
juez que en esas fechas lo investigaba, concluye.
Penas para los delitos imputados a Alba
Las penas previstas para los delitos imputados a Salvador Alba por la jueza instructora son los siguientes:Prevaricación judicial: multa de 12 a 24 meses e inhabilitación para empleo o cargo público por un tiempo de 10 a 20 años.
Cohecho: prisión de 3 a 6 años, multa de 12 a 24 meses e inhabilitación para empleo o cargo público de 9 a 12 años.
Falsedad: prisión de 3 a 6 años, multa de 6 a 24 meses e inhabilitación de 2 a 6 años.
Revelación de secretos: multa de 12 a 18 meses e inhabilitación de uno a tres años. Si de la revelación resultara un daño grave para la causa pública o para un tercero, la pena será de prisión de uno a tres años y de inhabilitación de tres a cinco años.
http://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/procedimiento_abreviado-juez-Salvador_Alba-juicio-caso_Faycan_0_742976340.html
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