
Hay que recurrir a Maquiavelo para interpretar la sentencia del Tribunal Supremo sobre las cláusulas suelo “
A veces, es necesario que todo cambie para que todo siga igual”
tanto es así, que el fallo no tendrá prácticamente efecto sobre las
hipotecas. Millones de afectados por la codicia de los bancos se quedan
con un palmo de narices, los jueces del alto tribunal dejan claro que no
tiene efectos retroactivos, aseguran que es pecado importunar a la
banca con estas pequeñeces y que ni por asomo se devolverá el dinero ya
pagado y, además, sólo será aplicable en el caso que el demandante
demuestre que las cláusulas aplicadas lo fueron con “falta de
transparencia”. Así, en un par de líneas ya hemos llegado al cabo de la
calle: los jueces nunca, y digo nunca, fallaran colectivamente en contra
de la banca. Es por esta patología de la conjunción de poderes,
exactamente al contrario de nuestra constitución, donde el poder
económico, político y judicial reman en la misma barca hacia su propio
interés.
Estaba anticipado que las demandas colectivas en reclamación de las cláusulas suelo tendían al fracaso.
Está visto, que la sentencia del Tribunal Supremo, tendrá efectos
prácticamente nulos para los hipotecados con estas cláusulas. No es que
tenga Rayos X, ni una bola de cristal, tan sólo conocer el percal y la
tela que se corta: me remito a un párrafo del post
Atención hipotecados! Averigua como liberarse de la cláusula suelo por la vía rápida en los archivos del mes de diciembre de 2011:
“Queda
demostrado que ni el Gobierno, el Congreso o el Senado, ni la Justicia,
ni las asociaciones que están en ello, ni nadie va a resolver la
subvención colada de matute a la banca. Es un favor muy especial.
Insisto, tiempo han tenido, quienes tienen que resolver, desde que se
popularizó el invento de las cláusulas suelo. La solución, y aseguro que es efectiva, va por la vía de lo individual.
Si algo he aprendido por moverme por este mundo de depredadores es que
si no vas a ganar, ni lo intentes. Más concreto: para negociar es
necesario tomar una postura de fuerza. El por favor no existe, tan solo
sirve el intercambio “tu me das, yo te doy”. Por ahí va lo cosa. Las
recomendaciones y consejos, de toda índole, que se ofrecen a los
atrapados en las cláusulas de suelo están encaminadas a “negócialo con
tu banco”. El hipotecado va a la oficina bancaria con los pantalones
bajados y el por favor por delante. Tal como ha ido vuelve”.

Pendientes
del texto de la sentencia y según una nota del órgano judicial, el
fallo se ha pronunciado teniendo en cuenta, básicamente, tres
salvedades. 1)
se declaran nulas sólo aquellas en las que se pruebe que ha habido “falta de transparencia”,
eso es tanto como no decir nada concreto ¿Podrá la entidad bancaria
demostrar que ha habido transparencia? ¿Podrá el demandante demostrarla?
Estos es tan sólo vegetación por delante para no dejar de ver el
bosque. 2)
“este pronunciamiento no comporta devolución de las cantidades ya satisfechas”,
por aquí ya se empieza a ver la postura de sus señorías que saben muy
bien como adaptarse a la conveniencia de los otros tripulantes de la
barca. No se sabe a ciencia cierta cuantas hipotecas están contaminadas
con las dichosas cláusulas suelo. Remato el punto tercero y a
continuación hago la cuenta para ver la dimensión de lo que estamos
hablando. 3) el fallo deja bien claro que
“no significa la nulidad de las denominadas cláusulas suelo cuando se cumplan los requisitos de transparencia respecto de los consumidores”.
Más claro el agua, no es posible la anulación general de las cláusulas
suelo. Veamos de la magnitud de lo que estamos hablando: hay estudios
que sitúan la rapiña en 1.200 euros de media al año por los 4 millones
de hipotecas (el Banco de España informó en 2010 de 1,8 millones por los
datos facilitados por 49 bancos) da la bonita cifra de 4.800 millones
de euros al año. En el post antes citado calculaba un suelo del 3,5%
(teniendo en cuenta que hay del 4 y 5%) para una hipoteca de 200.000
euros (que se puede adaptar muy bien a la media) que al final de su
trayecto se habrán pagado 30.902 euros de más (si no tuviera cláusula
suelo)
con un montante total de 123.000 millones de euros. Este es el regalo de nuestros complacientes gobiernos a los bancos.

No
hace falta esforzarse demasiado para ver el transfondo de la sentencia
del Tribunal Supremo que sitúa toda la vegetación posible para que los
árboles no dejen de ver el bosque y así
evitar la interposición de demandas colectivas.
¿Qué se consigue con esto? Pues, eliminar de un plumazo la reclamación
de la inmensa mayoría de afectados que están representados en demandas
colectivas.
Se abre la puerta hacia la nada, ya que al ser individuales se encarecen los costes de tramitación y de defensa.
Muchos, hartos de pleitear de gastar dinero en poderes notariales para
los abogados y procuradores, y de minutas abandonarán. Habrá que añadir
los que no pueden pagar un pleito individual para después dejarlo a la
suerte de una justicia de pacotilla en la que cada afectado deberá
demostrar que el banco no le informó de la existencia de dicha cláusula
en su contrato. Es decir, que hubo falta de transparencia. El juez
deberá analizar caso por caso. A todo esto, si los juzgados están
saturados con los que se decidan a pleitear todavía lo estarán más.
Demasiada incertidumbre cuando la carga de la prueba recae en el
demandante. Vete a decirle al juez que ni el del banco, ni el notario no
mencionaron absolutamente nada de la dichosa cláusula. La justicia
suprema
“no comporta la devolución de las cantidades ya satisfechas” aunque el juez constate que hubo “falta de transparencia” y declare nula la cláusula.
La señora Justicia ha cortado todos los puentes para que el hipotecado
con cláusula pueda salir airoso del procedimiento: desde 1991 los bancos
estaban obligados de ofrecer al peticionario de un préstamo hipotecario
una oferta vinculante donde se fijaban las condiciones básicas que se
inscribían en la escritura. Este documento, a partir de 2007 dejó de ser
optativo por cada entidad y en consecuencia dejaron de aportar la
oferta vinculante, Nadie, o prácticamente nadie, tiene en sus manos
ninguna oferta vinculante.
Sólo queda una salida, lo tomas o lo dejas.
Caminante no hay camino

Cuando publiqué el post
Atención hipotecados! Averigua como liberarse de la cláusula suelo por la vía rápida
hubo cierta reticencia mostrada en los comentarios y sobre todo los que
se dirigieron por e-mail considerando que era una postura un tanto
radical y no se atrevían a aplicarla por temor a la reacción del banco.
Para no repetir “la vía rápida” y los pasos a seguir, remito a los interesados al párrafo final del citado post.
Me reafirmo en lo expuesto y añado que ahora el momento es todavía más
propicio. Las entidades financieras, a pesar de la sentencia del
Tribunal Supremo, están en una posición cada vez más debilitada y
no están dispuestas, de ninguna manera, a dejar escapar ni uno sólo de sus clientes.
Los bancos han conseguido lo que querían “un aterrizaje suave” a un
problema de una magnitud extraordinaria y lo que tienen en mente, aunque
demuestren lo contrario, es la solución individual. Miles de estos
millones de atrapados con hipotecas con cláusula suelo continuaran
pagando sin rechistar, sólo aquellos que apliquen “el que no llora no
mama” podrán solventar que su banco rectifique. Un detalle que conviene
tener en cuenta y no mencioné en los pasos a seguir: en el impreso del
ingreso mensual debe de constar “cuota del mes de ——– la hipoteca (citar
referencia)”. En este país el que resiste gana, el único inconveniente
ya lo pronosticaba Antonio Machado: Caminante, no hay camino, se hace
camino al andar.
Caminante, no hay camino,
(Antonio Machado)
Caminante, son tus huellas
el camino y nada más;
Caminante, no hay camino,
se hace camino al andar.
Al andar se hace el camino,
y al volver la vista atrás
se ve la senda que nunca
se ha de volver a pisar.
Caminante no hay camino
sino estelas en la mar.
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